SECRETOS E INTIMIDAD
Esta norma de la Declaración Universal de
Derechos Humanos, incluyó el derecho a la honra, que está reconocido en la
Constitución Política de Colombia en el artículo 21
Este derecho, como muchos otros, se ven cada
día más amenazado por el auge de la tecnología y porque los medios de
comunicación, colombianos y extranjeros, traspasa permanentemente los “límites”
de la intimidad personal y familiar. Resulta común que diariamente salgan a la
luz pública escándalos sexuales, infidelidades amorosas.
Son cientos de programas de televisión,
periódicos, revistas y sitios de internet que se dedican a violentar
permanentemente la intimidad de las personas, y la justicia a veces parece muy
restringida para contrarrestar estos ataques. También los Estados invaden
permanentemente la intimidad personal y familiar invocando muchas veces la
“seguridad nacional”, la cual parece que nunca está a salvo.
En Colombia, hace rato los medios de comunicación
privados ingresaron a la “moda mundial” de realizar programas de televisión
dedicados a “investigar” y difundir “noticias bomba”, “chismes” o “sacar los
trapitos al sol” de los “famosos”, sin importarles, muchas veces, el daño que
puedan ocasionar a las persona y su entorno familiar o empresarial.
Famoso es el caso de Graciela Torres, más
conocida como la “Negra Candela”, quien divulgó en el 2002 en su programa de
televisión, un video de las relaciones sexuales de la actriz Lully Bosa con su
novio; la actriz denunció el hecho y un Juez Penal de Bogotá condenó a la
periodista a 17 meses de prisión por el delito de injuria agravada.
“El juzgado concluyó que la señora Torres
Sandoval incurrió en el delito de injuria agravada y le impuso varias sanciones,
así: una pena principal de 17 meses de prisión; multa de 13.000 pesos a favor
del Estado; la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y
funciones públicas por un lapso igual al de la pena principal; la pena también
accesoria y por el mismo lapso para el ejercicio de la profesión de periodista.
También la condenó a pagar a la perjudicada (Luz Elena Bossa Brieva) los daños
y perjuicios causados con el delito.” Ver análisis “El Delito de Injuria y la
Etica Periódistica”
También existen otros programas como “Sweet.
El Dulce Sabor del Chisme”, “El Lavadero” del canal RCN o periódicos como “El
Espacio” donde pareciera que los límites al respeto de este derecho
constitucional no existieran.
Internet a facilitado que los “anónimos”
vulneren de manera impune esta norma. Cada día aparecen mensajes escritos,
videos, etc., revelando los secretos más íntimos de las personas.
Internacionalmente, las cosas no son mejores:
Políticos, artístas, empresarios, y hasta gente del común ven permanentemente
invadidas sus esferas privadas, muchas veces en nombre de la “Libertad de
Información”, lo que ha generado o suscitado grandes debates.
Por ejemplo, el reciente escándalo creado por
las fotografías sin consentimiento tomadas a la ex-miss universo Cecilia
Bolocco, esposa del ex-presidente de Argentina Carlos Menen,en su residencia de
Miami en topless junto al empresario italiano Luciano Morrocchino. las cuales
fueron publicadas por la revista sensacionalista Revista SQP (Sálvese Quien
Pueda)
Y que tal el comentario: “Cecilia despúes
negará todo esto y dirá que el Italiano que la acompaña es homosexual, siempre
dice que los periodistas son mentirosos, ahora que le explique estas fotos al
viejito”.
Algunos periodistas o informadores se atreven
a realizar cosas como esta que van a ver en el caso de Cecilia Bolocco
O que tal este programa de televisión
norteamericana y sitio web que patrocina la intromisión en la vida privada en
aras de desenmascarar a los infiles? www.cheaters.com
La Constitución en contexto:
El 12 de mayo de 2007, Colombia se levantó
“conmocionada” (esto es un simple decir, en un país que día a día suceden y se
develan hechos aterradores) con la noticia de la Revista Semana sobre las
interceptaciones sin orden judicial, o sea ilegales, realizadas por la DIPOL,
organismo de inteligencia de la Policía Nacional. Las interceptaciones se
realizaron a altos funcionarios del gobierno, miembros de la oposición, a
algunos de los paramilitares “desmovilizados” recluidos en la cárcel de Itaguí,
periodistas, empresarios, entre otros. Este hecho no solo afecta el derecho al
debido proceso de aquellos que están siendo procesados o puedan ser procesados
sino el derecho a la intimidad (artículo 15), el derecho a la libertad personal
(artículo 28), y atenta contra la democracia y el Estado de Derecho.
Dice la Constitución: “La correspondencia y
demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas
o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que
establezca la ley.” dice el artículo 15 de la Constitución Nacional.
1. ¿Por qué este derecho se ven
cada día más amenazado?
2. Da algunos ejemplos
3. ¿Cómo se viola este derecho en
Colombia?
4. ¿Cuál fue el delito de la señora
Torres Sandoval? ¿Qué sanciones recibió?
5. ¿Cómo se vulnera este derecho en
Internet?
6. ¿Qué tan privado o público es un
material fotográfico de estos ejemplos sobre una persona de la esfera pública?
7. ¿Debe/puede el periodismo
revelar ese tipo de material?
8. ¿Cómo se da en este caso la
relación entre derecho a la información y el derecho a la intimidad?
9. ¿Cómo ha violado este derecho la
DIPOL?
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